Solicitud de factura y certificado de donación

Donaciones realizadas por personas físicas:

Pueden aplicarse un porcentaje de deducción del 80% en el IRPF a los donativos efectuados, hasta una base máxima de 250 euros.

El exceso sobre los 250 euros podrá gozar de una deducción en el IRPF del 40%

En el caso de fidelidad, si durante los dos últimos años anteriores, la donación a la fundación es igual o superior a la del ejercicio y a la del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción será del 45% por la parte que exceda de los 250 euros

Donaciones realizadas por personas jurídicas:

Pueden aplicarse un porcentaje de deducción del 40% en el Impuesto sobre Sociedades a los donativos efectuados.

En el caso de fidelidad, si durante los dos últimos años anteriores, la donación a la fundación es igual o superior a la del ejercicio y a la del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción será del 50%

Se establece que la base de deducción no podrá exceder del 15% de la base imponible del período impositivo. El exceso podrá aplicarse en los 10 años inmediatos y sucesivos.

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